Cuando una empresa o persona no puede pagar sus deudas, se inicia un concurso de acreedores. Este proceso legal determina cómo se repartirán los bienes disponibles entre quienes tienen derecho a cobrar.

Pero, ¿quién cobra primero? La respuesta está en la prelación de créditos, un orden legal establecido para garantizar un reparto justo.

En este artículo, desde Abogados García-Ripoll en Murcia, te explicamos de forma sencilla y con ejemplos prácticos cómo funciona este orden de cobro en España.

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¿Qué es la prelación de créditos?

 

La prelación de créditos es el orden legal que establece quiénes cobran primero cuando no hay suficiente dinero para pagar todas las deudas. Este orden está regulado por la Ley Concursal y busca asegurar que ciertos acreedores, como los trabajadores o la Seguridad Social, tengan prioridad.

Orden de prelación de créditos en un concurso de acreedores

 

A continuación, se detalla el orden en que se pagan las deudas en un concurso de acreedores:

1. Créditos contra la masa

Son las deudas generadas durante el proceso concursal. Tienen la máxima prioridad y se pagan antes que cualquier otra.

→ Ejemplos:

  • Salarios de los últimos 30 días anteriores a la declaración del concurso, hasta el doble del salario mínimo interprofesional.
  • Gastos del procedimiento concursal (honorarios del administrador concursal).
  • Indemnizaciones por despidos ocurridos tras la declaración del concurso.

2. Créditos concursales

Son las deudas existentes antes de la declaración del concurso. Se dividen en:

a. Créditos con privilegio especial
Tienen una garantía real, como una hipoteca o una prenda.

→ Ejemplo:

    • Un préstamo bancario garantizado con una hipoteca sobre un inmueble de la empresa.

b. Créditos con privilegio general

No tienen garantía real, pero la ley les otorga prioridad por su naturaleza.

→  Ejemplos:

    • Salarios e indemnizaciones pendientes (más allá de los 30 días mencionados anteriormente).
    • Deudas con la Seguridad Social y Hacienda.

c. Créditos ordinarios

Son las deudas sin privilegio ni garantía.

→  Ejemplos:

    • Facturas pendientes con proveedores.
    • Préstamos personales sin garantía.

d. Créditos subordinados

Son los últimos en cobrar y, en muchos casos, no llegan a percibir nada.

→  Ejemplos:

    • Intereses de deudas.
    • Multas y sanciones.
    • Deudas con socios o familiares del deudor.
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Ejemplo práctico de prelación de créditos en un concurso de acreedores

 

Supongamos que una empresa en concurso dispone de 100.000 € en activos, pero tiene una deuda total de 180.000 €, distribuida así:

    • 10.000 € por salarios del último mes (crédito contra la masa).
    • 40.000 € de préstamo con hipoteca sobre un inmueble (crédito con privilegio especial).
    • 25.000 € en deudas con Hacienda y Seguridad Social (créditos con privilegio general).
    • 60.000 € en facturas con proveedores (créditos ordinarios).
    • 45.000 € en préstamos de socios y familiares (créditos subordinados).

👉 Aplicamos el orden de prelación:

1. Créditos contra la masa
Se pagan los 10.000 € en salarios recientes, ya que tienen prioridad absoluta.
Saldo restante: 90.000 €

2. Créditos con privilegio especial
Se abonan los 40.000 € de la hipoteca, garantizados con un inmueble.
Saldo restante: 50.000 €

3. Créditos con privilegio general
Se destinan 25.000 € a Hacienda y Seguridad Social.
Saldo restante: 25.000 €

4. Créditos ordinarios
Se intentan cubrir los 60.000 € de proveedores, pero solo hay 25.000 €.
Recibirán un pago proporcional, perdiendo el resto.
Saldo restante: 0 €

5. Créditos subordinados
No se cobra nada. Estos créditos solo se pagan si sobra dinero tras cubrir todos los anteriores.

Resultado del reparto:

 

Tipo de crédito Importe reclamado Importe cobrado ¿Cobró todo?
Contra la masa 10.000 € 10.000 € ✅ Sí
Privilegio especial 40.000 € 40.000 € ✅ Sí
Privilegio general 25.000 € 25.000 € ✅ Sí
Ordinarios 60.000 € 25.000 € ❌ Parcial
Subordinados 45.000 € 0 € ❌ No

¿Qué son los créditos ordinarios y cómo se pagan?

 

Los créditos ordinarios son aquellos que no tienen ningún privilegio ni garantía especial. Es decir, son deudas comunes que la empresa adquirió antes del concurso, como facturas pendientes con proveedores, alquileres impagados o préstamos sin aval.

Estos créditos se pagan después de los privilegiados (contra la masa, especiales y generales) y, en la mayoría de los concursos, no se cubren completamente. El pago se realiza de forma proporcional (también llamado concurso a la “quiebra” o “par conditio creditorum”).

¿Cómo se calcula el pago proporcional?

 

Cuando no hay suficiente dinero para pagar todos los créditos ordinarios, cada acreedor cobra en proporción a lo que se le debe respecto al total de créditos ordinarios.

✏️ Fórmula:

Importe que cobra un acreedor = (Crédito del acreedor ÷ Total de créditos ordinarios) × Dinero disponible para créditos ordinarios

Ejemplo aplicado

Imagina que, tras pagar los créditos privilegiados, quedan 25.000 € para repartir entre 60.000 € de créditos ordinarios, repartidos entre tres acreedores:

  • Proveedor A: 30.000 €

  • Proveedor B: 20.000 €

  • Proveedor C: 10.000 €

Total de créditos ordinarios: 60.000 €
Fondos disponibles: 25.000 €

Reparto proporcional:

  • Proveedor A → (30.000 ÷ 60.000) × 25.000 = 12.500 €

  • Proveedor B → (20.000 ÷ 60.000) × 25.000 = 8.333 €

  • Proveedor C → (10.000 ÷ 60.000) × 25.000 = 4.167 €

En este escenario, cada proveedor cobra una parte proporcional a su crédito, pero ninguno recupera el 100% de lo que se le debía. Esta fórmula garantiza un reparto equitativo dentro del grupo de acreedores ordinarios.

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Conclusión

 

Entender quién cobra primero en un concurso de acreedores es esencial para proteger tus derechos como acreedor o para tomar decisiones estratégicas si gestionas una empresa en dificultades.

La prelación de créditos define este orden y permite que el proceso sea transparente, legal y justo, aunque no siempre satisfaga a todos los involucrados. Por eso, anticiparse con un buen asesoramiento legal puede marcar la diferencia entre cobrar algo o nada.

En Abogados García-Ripoll en Murcia, estamos especializados en derecho concursal y te acompañamos en todo el proceso, tanto si eres empresa deudora como acreedor. Nuestro objetivo: proteger tus intereses y lograr el mejor resultado posible.(también llamado concurso a la “quiebra” o “par conditio creditorum”).

Preguntas frecuentes (FAQs)

 

¿Qué crédito se paga primero en un concurso de acreedores?
Los créditos contra la masa, como salarios recientes o gastos del proceso concursal, tienen máxima prioridad.

¿Qué ocurre si no hay suficiente dinero para pagar a todos?
Se aplica la prelación de créditos: se paga primero a quienes tienen prioridad legal. Los ordinarios y subordinados solo cobran si sobra dinero.

¿Cómo se reparte el dinero entre los créditos ordinarios?
Se reparte proporcionalmente al importe adeudado a cada acreedor, según la fórmula establecida en la Ley Concursal.

¿Qué pasa con los créditos subordinados?
Son los últimos en cobrar. Si no queda dinero tras pagar al resto, no reciben ningún pago.

José María García-Ripoll Montijano